MIGUEL HENRIQUE OTERO I ABC 12 de septiembre de 2016

Un largo y muy complejo recorrido precedió la creación de la Corte Penal Internacional –CPI-, en julio de 1998. Por más de un siglo, juristas expertos y representantes de las naciones debatieron la necesidad, y también las dificultades, de poner en funcionamiento un tribunal que tuviese facultades internacionales para procesar crímenes en contra de los derechos humanos. Una y otra vez, resistencias que invocaban argumentos relacionados o derivados del principio de Soberanía, impedían los acuerdos necesarios. Mientras esto ocurría, en distintos países y momentos históricos, continuaban cometiéndose atrocidades en contra de las personas.

Finalizada la Segunda Guerra Mundial, los juicios de Núremberg y Tokiomostraron, con clara nitidez, la existencia de delitos, no solo en contra de las personas, sino más allá, en detrimento de la humanidad misma. En otras palabras, que hay crímenes que se dirigen en contra de la condición humana, como el genocidio, el exterminio, la esclavitud, la deportación, la persecución por motivos políticos, raciales o religiosos, así como también los actos inhumanos dirigidos a despojar a las personas de su dignidad, a causarles sufrimiento por negarse al sometimiento.

Luego de su creación, en octubre de 2000, la CPI fue ratificada por 60 países. El 1 de julio de 2002, fecha fundamental en la historia de la humanidad,entró en vigencia. La Corte Penal Internacional adquirió el estatuto de tribunal estable y permanente. Solo puede atender a crímenes ocurridos a partir de la fecha en que entró en vigencia. Tiene capacidad de actuar en contra de cualquier criminal, sin que haya limitaciones de cargo o inmunidad. Y, como bien se sabe, uno de sus preceptos más significativos, señala: «Los crímenes de competencia de la Corte no prescriben. La CPI solo puede imponer penas máximas de 30 años de prisión y, de forma excepcional, cadena perpetua si la extrema gravedad del caso lo justifica, pero nunca puede condenar a muerte». En la actualidad, 139 países son firmantes del Estatuto de Roma, que dio origen a la creación de la CPI. Venezuela firmó en octubre de 1998.

La semana pasada, Lilian Tintori denunció a Nicolás Maduro en la Corte Penal Internacional. El documento, producto de un riguroso trabajo de un equipo de profesionales, detalla las numerosas violaciones cometidas, en distintos momentos, en variadas regiones, en contra de numerosos ciudadanos. Las torturas a los presos políticos; los denigrantes episodios de violenta expulsión de ciudadanos de Colombia en la zona fronteriza del Estado Táchira; la masacre de Tumeremo; los casi innumerables casos de acoso físico y psicológico, hostigamiento y persecución, que se han ejecutado y se reproducen, constantemente, en contra de dirigentes sociales y políticos, señalados por denunciar los padecimientos que vive Venezuela.

Preparados para la búsqueda

Es imprescindible señalarlo: son delitos de lesa humanidad, es decir, que no prescriben. En el poder venezolano, hay quienes aseguran haber recibido las promesas de las autoridades de ciertos países –Cuba, el más repetido- de que allí serán recibidos y escondidos. Pero estas no son más que ilusiones. Más temprano que tarde, serán capturados y enjuiciados. Estamos en un tiempo donde la pretensión de escapar, de quienes han causado tantos sufrimientos, es en la realidad casi imposible. Repito aquí lo que he señalado en otros artículos: son numerosas los cuerpos policiales en el mundo, que ya están siguiendo las actividades y movimientos de los facinerosos en el poder. Los carteles de búsqueda ya están listos. No se salvarán de la justicia.